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HABEAS CORPUS. DOCTRINA DEL CONSTITUCIONAL.
Si has sido detenido y estimas que tu detención es ilegal por estar fuera de los casos previstos legamente o realizarse sin cumplir los requisitos y las formalidades prevenidas en la ley puedes solicitar EL HABEAS CORPUS ante las fuerzas y cuerpos de seguridad, para que inmediatamente te pongan a disposición judicial.
También puedes solicitarlo si
estás ilícitamente internado en cualquier establecimiento o se haya sobrepasado
el plazo legal de privación de libertad o si no se te está respetando los
derechos que corresponden a toda persona detenida.
El Tribunal Constitucional
recientemente (STC 73/2021) acuerda que el Juzgado no debería inadmitir a trámite
la petición de habeas corpus que cumple con las formalidades legales, y previo
a tomar una decisión debe oír a la persona detenida que lo solicita, asistida
de abogado, y con intervención de la fiscalía.
En caso contrario habría una
vulneración del derecho a la libertad personal del solicitante del art 17.1 y 4
y 24.1 de la Constitución Española y nulidad del auto de inadmisión, al haberse
visto privado del procedimiento de habeas corpus y en definitiva del efectivo
control judicial de la privación de libertad, pudiéndose en este caso directamente
recurrir en amparo al Constitucional, sin necesidad de previo incidente de
nulidad de actuaciones.
