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2021/01/11

¿CUÁNTO TIEMPO TARDAN EN CONTESTAR UN PERMISO DE SALIDA SOLICITADO?:

Normalmente cuando se solicita un permiso de salida en prisión te van a notificar la contestación escrita, momento en el que si es denegatorio puedes recurrir en queja al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

A veces surge la duda de ¿qué ocurre si pasa el tiempo y no te contestan la solicitud del permiso de salida?.

Existe el plazo especifico de tramitación de tres meses desde la entrada de la solicitud del permiso en el registro competente para resolver.

En el caso de que haya transcurrido dicho plazo de tres meses sin que hayas recibido notificación alguna ya puedes entender que tu solicitud de permiso de salida ha sido desestimada y que por tanto no se te concede, pudiendo desde ese momento recurrir en queja.

Esto es importante ya que desde el momento en que se entiende desestimada tu petición por silencio empieza a contar el plazo para presentar la queja.

A ello se refiere la Disposición Adicional Cuarta del RD 1879/1994.


Enero 2021

2019/07/01

LA PRUEBA EN LOS RECURSOS DE PERMISOS DE SALIDA


Si cumpliendo los requisitos legales solicitas un permiso de salida y el Centro Penitenciario te lo deniega puedes recurrir en queja al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, para lo cual es fundamental proponer pruebas.

El permiso de salida es el puente para preparar la vida en libertad
Puedes recibir asesoramiento completo a través de los Servicios de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria (SOAJP). Pregunta en tu Centro Penitenciario si hay este servicio. En Valladolid sí existe.

El derecho a utilizar todos los medios de prueba pertinentes para la defensa está reconocido en el art 24 CE, junto con el derecho a obtener una resolución fundada en derecho y la obligación de motivar las resoluciones en materia de prueba.

En caso de que el Juzgado de Vigilancia Penitenciara desestime tu queja sin decir nada sobre las pruebas que había solicitado debes recurrir en apelación alegando nulidad e indefensión.
La Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Valladolid en auto 354/2019, de 24-06-2019, ha reconocido que esa práctica genera indefensión y por lo tanto acuerda nulidad devolviendo actuaciones al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria para que dicte otra resolución motivando la admisión o denegación de la prueba solicitada.

Es fundamental que puedas conocer el por qué no se van a prácticas las pruebas que consideras importantes para tu defensa, para una vez conocida la motivación del Juzgador sobre las mismas, puedas impugnar o no, máxime cuando están en juego los intereses de personas privadas de libertad y el permiso de salida sirve para ir preparando la vida en libertad.


Julio 2019

Ramón Sanz de la Cal