Es publicidad ilícita los
anuncios que presentan a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria.
La ilicitud deriva por un lado
al usar el cuerpo de la mujer o partes del mismo como un objeto sin ninguna
vinculación con el producto que se promociona.
Y por otro al utilizar la
imagen de la mujer asociado a comportamientos estereotipados que vulneren los
fundamentos de nuestro ordenamiento jurídico y que generen violencia de género.
Desde el año 2004 la lucha contra la violencia de género tiene un enfoque trasversal, integral y multidisciplinar, por ello se incide en que el uso de la imagen de la mujer con carácter vejatorio y discriminatorio será siempre considerado publicidad ilícita.
Por ello tanto la
Administración Publica como los propios medios de comunicación deben
salvaguardar la igualdad y no discriminación. Se debe garantizar de forma
objetiva los derechos humanos, libertad y dignidad de la mujer víctima de
violencia de género y de sus hijos.
Frente esta clase de publicidad ilícita muchas veces nos preguntamos
qué podemos hacer.
La defensa de los intereses de
la mujer se pueden hacer valer en los Juzgados y Tribunales mediante la acción de cesación y rectificación de
publicidad ilícita por utilizar en forma vejatoria la imagen de la mujer, pudiéndola
iniciar las personas afectadas y las que tengan un derecho subjetivo o interés legítimo.
También
pueden acudir a los Juzgados la Delegación Especial del Gobierno contra la
Violencia sobre la Mujer, el Instituto de la Mujer de cada Comunidad Autónoma,
el Ministerio Fiscal y asociaciones con objetivo único de defensa de los
intereses de la mujer.
Los Juzgados han declarado la
ilicitud de la publicidad que utiliza al cuerpo de la mujer como reclamo u
objeto sexual y así mismo la que usa estereotipos sobre roles de género.
Ejemplos de la ilicitud son la
utilización de azafatas en bikini con posturas en clara invitación sexual para
vender billetes de avión o utilizar una imagen de mujer desnuda para anunciar
un champú.
Otra forma mucho más sencilla
es poner en conocimiento de la
Administración la publicidad ilícita con una simple queja.
Actualmente el Observatorio de
la Imagen de las Mujeres (Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades)
del Gobierno pide la colaboración ciudadana para poner en su conocimiento la discriminación
hacia las mujeres en medios de comunicación y en la publicidad. Se puede hacer
mediante correo electrónico o rellenando un formulario que podéis encontrar en
su página web:
http://www.inmujer.gob.es/observatorios/observImg/quejas/home.htm
El respeto a la dignidad de la mujer y su derecho a una imagen ni estereotipada ni discriminatoria forma parte, tanto en publicidad como en medios de comunicación, de la lucha contra la violencia de género, teniendo a nuestro alcance vías para que se garantice ese derecho.
Septiembre 2019
Ramón Sanz de la Cal
Abogado.
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