El Juzgado de lo Contencioso
Administrativo 1 de Valladolid ha estimado el recurso frente a la resolución de
la Subdelegación del Gobierno en Valladolid por la que se ordenaba la expulsión
de extranjero con prohibición de entrada dos años, declarando la nulidad de la
resolución.
En la sentencia 159, de 3 de
diciembre de 2019, entiende el Juzgado que se han vulnerado los derechos que
tienen las potenciales víctimas no comunitarias de trata de seres humanos a que
se refieren los arts 59 bis LOExtr y 141 y siguientes RE.
En este caso a la persona extranjera solo se le informó de los derechos como detenido y no como posible víctima de trata de seres humanos, pese a que la actuación policial en su domicilio tenía su fundamento precisamente en localizar a posibles víctimas de trata.
Por ello no tuvo posibilidad de
acogerse a tales derechos y por ende tampoco a la posibilidad de aplicarse el
periodo de restablecimiento y reflexión que prevé la Ley y Reglamento para
estos casos.
La sentencia tiene en cuenta que tampoco se facilitó al extranjero el inicio de trámites para realizar una solicitud de protección internacional, a pesar de que manifestó interés en hacerlo.
El Consejo General de la
Abogacía Española ha elaborado una guía práctica para la abogacía para la
detección y defensa de víctimas de trata. Acceso a la Guía
La lucha
contra la trata de seres humanos es uno de los Objetivos de Desarrollo
Sostenible de la ONU
Valladolid, diciembre 2019
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