Muchas veces pensamos que solo
puede haber violencia o intimidación cuando éstas se ejercitan por el agresor
mediante empleo de armas o amenazas.
Sin embargo, en supuestos de ataques grupales a la libertad sexual, existen varios indicadores que también revelan la existencia de intimidación ambiental y por lo tanto no solo una ausencia de consentimiento, que hace que dicho ataque sea tipificado de agresión sexual y no de abuso.
El principal indicador será la propia declaración de la víctima que
relatará el sentimiento de intimidación, miedo, angustia, desasosiego, paralización
y sometimiento que sufrió.
Campaña "Valladolid libre de agresiones sexistas". Ayuntamiento de Valladolid. |
Otro de esos indicadores es la
presencia de varias personas que actúan
en connivencia, aunque solo sea una de ellas la que realiza el acto sexual
forzado, ya que forma parte de la intimidación dirigida a debilitar o anular a
la víctima. El autor del acto sexual forzado sería el autor del delito de
agresión sexual y los otros serán cooperadores necesarios de dicho delito ya
que con su presencia están favoreciendo o ayudando.
Cuando son varios los autores
y todos ellos mediante violencia o intimidación realizan el acto sexual forzado,
cada uno es autor del delito de agresión sexual de forma activa y a la vez es
cooperador necesario (en la fuerza o en la intimidación) en cada uno de los
delitos de agresión sexual cometidos por los otros integrantes del grupo.
Ésta cooperación necesaria se
ve claramente cuando mediante esfuerzo físico se doblega la voluntad de la víctima
(por ejemplo, el que sujeta a la víctima), pero también existe ante la mera presencia de varios individuos puestos
de acuerdo o con conciencia de que se está atacando la libertad sexual de la víctima,
aunque éste ataque lo realice solo uno de los integrantes.
La existencia del grupo en el
ataque a la libertad sexual forma parte de la intimidación ambiental al crear
el efecto intimidativo o paralizante.
En la intimidación ambiental grupal
otros de esos indicadores son: la diferencia
de edad de la víctima, cuando es bastante más joven que sus agresores;
cuando se trata de una sola víctima
frente a múltiples agresores y cuando los agresores
tienen una complexión mucho más fuerte que la de la víctima.
Así mismo, otro de los
indicadores de la intimidación ambiental grupal es el lugar donde ocurren los hechos, por ejemplo, un lugar
recóndito y angosto, un habitáculo de muy pequeñas dimensiones o un lugar sin
salida o del que no se pueda salir fácilmente también intimidan.
Cuando se juzga con perspectiva de género y se tiene en cuenta lo que las víctimas hayan podido sentir ante la existencia de estos indicadores, sin que sea de recibo exigirlas que adopten actitudes heroicas que conllevarían males mayores, es posible comprender lo que la intimidación ambiental significa y conlleva para las mismas.
Por ello ante intimidación
ambiental grupal es fundamental solicitar no solo la condena como autores del
delito de agresión sexual sino también como cooperadores necesarios en los
delitos de agresión sexual de los demás integrantes del grupo.
Julio 2019
Ramón Sanz de la Cal
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