La víctima de un delito
demanda a un diario por intromisión ilegítima en derecho a la propia imagen y a
la intimidad ya que el artículo publicado contenía datos personales que permitían
su identificación y además por incluir fotos obtenidas de su perfil de Facebook
sin su autorización.
El
Tribunal Constitucional, en STC 27/2020 resuelve de la siguiente manera:
¿Hay
consentimiento para la utilización de la foto por terceros por el hecho de
haber publicado una foto suya en Facebook?:
No. Quien la publica en Facebook
realmente autoriza la mera contemplación en el ámbito de la interactuación
social o interrelación social con otros usuarios y no otras.
El usuario de Facebook que
sube, cuelga, o exhibe una imagen para que la puedan observar otros, lo único
que hace es consentir que sea observada dicha imagen en el lugar que él ha
elegido (perfil, muro…etc.).
¿Las
plataformas como Facebook son lugares abiertos al público a los efectos de la
LO 1/1982?:
No. Por lo tanto no es
aplicable la excepción de que el derecho a la propia imagen no impedirá la
captación, reproducción o publicación de imagen en lugar abierto al público.
¿La
reproducción no consentida de una persona anónima que no es personaje público
que adquiere repentina e involuntariamente un papel en un hecho noticiable es
intromisión al derecho propia imagen?:
Sí.
El TEDH ya dijo que publicar
una foto afecta a la vida privada.
No hay duda del derecho a
poder informar de sucesos con relevancia penal, aunque la persona afectada sea privada,
pero lo que no hay es un derecho a individualizar directa o indirectamente a
las víctimas, salvo que éstas lo permitan o faciliten tal conocimiento.
La individualización directa o
indirecta de la víctima es un dato que no es de interés público, pues carece de
relevancia para la información que se pretende transmitir.
El nivel de protección se
complementa con el Estatuto de la Víctima que impone a los poderes públicos minimizar
todo efecto traumático del delito.
Por ello prevalece el derecho
a la imagen de la víctima del delito frente a la libertad de información.
Marzo 2020.